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FALTA DE MÉRITO PARA ECHEZARRETA Y OCAMPO EN LA CAUSA DE LAVADO I
En parte de s u resolución judifical, la magistrada que dictó la falta de méritos a ambos funcionarios del Gobierno provincial al considerar que "no existen elementos suficientes que vislumbren el retorno de los bienes en su favor luego de ser transformados e inyectados al mercado lícito por la presunta organización criminal bajo investigación, pues sin prejuicio de que su responsabilidad funcional podría encontrarse sólidamente comprometida en relación a plexo de delitos precedentes a lavado de activos cuya suerte será determinada por la justicia provincial".
Y agregó: "No encuentro elementos de méritos suficientes como para ligar la actuación de los nombrados (Ocampo y Echezarreta) en la realización de actos financieros complejos y hetereogéneos posteriores a la presunta comision de delitos proyectados hacia el reciclaje de aquellos fondos que presunta organización hubiera obtenido espuriamente". }
En otro tramo de la resolución, la jueza aclaró sobre la falta de mérito de Echezarreta, que deja sin efecto el pedido de detención, al expresar: "La posible participación del ministro Humberto Fabián Echezarreta en los llamados delitos precedentes al lavado de activos propiamente dichos deberá ser profundizada por mis pares de la justicia provincial”.
